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Gripe A
(H1N1)
Medidas
Preventivas
Sras./Sres.
Jefas/es y/o Responsables de Áreas de Personal
Delegados
Contables de Distritos Escolares y Responsables de Establecimientos
Educativos Transferidos:
Ante la situación de público conocimiento provocada por la
Gripe A (H1N1), se les comunica
medidas preventivas al
respecto en los siguientes casos:
A)
Justificaciones / Recomendaciones de profesionales médicos:
El personal que registre ausentismo por enfermedad podrá presentar un
certificado médico (privado/publico) ante el área de personal de su
repartición.
El personal considerado de riesgo (de acuerdo a la comunicación
del día de la fecha del Ministerio de Salud del GCBA) frente a la
emergencia decretada deberá presentar certificado medico del
especialista que lo atienda recomendando la no concurrencia laboral.
Esos
certificados
médicos de excepción, tendrán
validez dentro del período que se inicia en el día de la fecha hasta
el 03/08/09 inclusive.
Se solicita
transmitir a los agentes NO PRESENTAR NI ENVIAR POR NINGUN MEDIO
esos certificados a
la Ex Dirección de Medicina
del Trabajo.
B)
Licencia con goce haberes
Se otorga
licencia con goce de haberes a partir del día de la fecha y hasta el
03/08/09 inclusive, a:
·
madres cuyos hijos
concurran a Jardines de Infantes dependientes del GCBA
·
mujeres embarazadas
C)
CASOS ESPECIALES:
Se deberán
atender a todos aquellos casos que posean particularidades que ameriten
el otorgamiento de alguna licencia en especial. Esta decisión será
tomada en cada repartición por los Directores Generales que
correspondan.
En el
ámbito del Ministerio de Salud,
dicha jurisdicción se
encargará de administrar y coordinar las licencias en virtud de la
emergencia sanitaria.
03 de
julio de 2009
Lic.
Sergio Meza
Responsable de la UCCOP
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