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         Resolucion Nº 969-MHGC-07

 


APRUEBA ENCASILLAMIENTO DEL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL TÍTULO I, ARTÍCULO 1° DEL ANEXO DEL DECRETO N° 986-04 - SITUACIÓN DE REVISTA DEL PERSONAL INGRESADO CON ANTERIORIDAD INMEDIATA A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA PARA EL ESCALAFÓN GENERAL - REENCASILLAMIENTO

Buenos Aires, 09/04/2007

Visto la Nota N° 485-DGTALMH/07, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 5 de enero de 2007, se dictó el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 1/07, en el marco de la Comisión Paritaria Central, constituida por diversas personas, bajo la coordinación de la Comisión de Relaciones del Trabajo, representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el Consejo Central para la Negociación Colectiva, y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA);

Que por el acta mencionada se acordó encasillar, a todo el personal comprendido en el Título I, artículo 1° del Anexo del Decreto N° 986/04, a partir del 1° de mayo de 2005, en vista a resolver la situación de revista del personal ingresado con anterioridad inmediata a la implementación de la Carrera Administrativa para el Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no relevado por la UPE Implementación de la Carrera Administrativa, o encasillado en el nivel inicial, conforme lo normado por el artículo 5° del mencionado decreto, dichos agentes ingresarán en el mismo agrupamiento, tramo y nivel correspondiente a sus tareas comprendidas al 30 de abril de 2005;

Que por lo expuesto corresponde el dictado de la pertinente norma instrumentando lo acordado;

Que según surge en los presentes actuados la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, del Ministerio de Hacienda, informa que la mayor erogación que demanda la gestión que por aquí tramita, se encuentra prevista en el Ejercicio 2006 y en el Proyecto de Presupuesto 2007, en los créditos dispuestos para atender los retroactivos por encasillamiento, para el cumplimiento del Decreto N° 583/05;

Por ello, conforme las facultades conferidas por la reglamentación del artículo 80, de la Ley N° 471, aprobada por Decreto N° 465/04 (B.O.C.B.A. N° 1912),

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase a partir del 1° de mayo de 2005, el encasillamiento a todo el personal comprendido en el Título I, artículo 1° del Anexo del Decreto N° 986/04, en vista a resolver la situación de revista del personal ingresado con anterioridad inmediata a la implementación de la Carrera Administrativa para el Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no relevado por la UPE Implementación de la Carrera Administrativa, o encasillado en el nivel inicial, conforme lo normado por el artículo 5° del mencionado decreto, dichos agentes ingresarán en el mismo agrupamiento, tramo y nivel correspondiente a sus tareas comprendidas al 30 de abril de 2005.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos
 
   
   
   
   
   
   
   
                      
 

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